Los recursos derivados del sector público

En el acápite anterior se realizó un análisis de los aspectos teóricos e instrumentales concernientes al presupuesto del Sector Público ya sus capítulos fundamentales: gastos y recursos. En el presente, es nuestro propósito profundizar sobre algunos aspectos específicos de los recursos del Sector Público argentino. Son aquellos que en la nomenclatura inicial mencionamos como “derivados», en el sentido de que surgían del ejercicio del poder coercitivo del Estado.

Los puntos aquí desarrollados se refieren principalmente a los recursos recaudados por la Dirección General Impositiva, aunque se hará referencia a los obtenidos por otros organismos recaudadores. Nuestro interés recae, siguiendo la tónica de este trabajo, en los aspectos económicos instrumentales, principalmente aquellos que sirvan al lector para conocer las estructuras de información a las que tiene acceso, y las formas más simples de su elaboración e interpretación.

Organismos recaudadores y destino interno de los fondos

Los recursos derivados del Estado son recaudados por distintos organismos, en los cuales las provincias, la Nación, etc. depositan su poder de recaudar. Estos fondos tienen a su vez, un destino institucional que el sistema legal específica en su forma, tiempo y proporciones. Esquemáticamente, el mecanismo de recaudación y destino interno de los recursos derivados puede representarse de la siguiente manera: Los recursos recaudados por la Dirección General Impositiva son básicamente impuestos nacionales. Los mismos tienen como destino interno la Tesorería General de la Nación o Administración Central, los Gobiernos Provinciales, en la medida que lo establecen las leyes de coparticipación y ciertos entes específicos. Los primeros se denominan ingresos con afectación a rentas generales, los segundos impuestos nacionales de coparticipación y los terceros ingresos con afectación específica. Los recursos recaudados por la Administración Nacional de Aduanas son los impuestos sobre el comercio exterior: derechos de exportación y de importación, ciertas tasas, etc. Su destino es la Tesorería General de la Nación y ciertos organismos específicos. Las Direcciones de Rentas Provinciales y Municipales recaudan fondos en sus jurisdicciones cuyo destino es su propio ámbito político o algunos entes especiales. Por último, las Cajas de Previsión recaudan fondos con destino al Sistema Nacional de Previsión Social.

Habitualmente se denomina “recaudación impositiva global” a la suma de las recaudaciones de la Dirección General Impositiva, Administración Nacional de Aduanas, Direcciones Provinciales de Rentas y Direcciones Municipales de Rentas. Las estadísticas, sin embargo, brindan los datos correspondientes a los tres primeros tipos de reparticiones, en virtud de la gran dificultad existente para compilar los datos del último tipo de reparticiones.

Es de hacer mención, por otra parte, que los datos referidos a la recaudación tributaria provincial se encuentran normalmente muy atrasados con respecto a los datos de D.G.I. y A.N.A., siendo la razón obvia la diversidad de fuentes que es necesario agregar para lograr una cifra totalizadora.

Para ilustración de lo mencionado, y a fin de que el lector pueda tener una idea aproximada sobre la dimensión de cada organismo recaudador, se presenta el siguiente cuadro:

Aclaremos, sí, que los organismos que publican la información pertinente son: Dirección General Impositiva, Administración Nacional de Aduanas (Memoria anual), Ministerio de Economía y Ministerio de Bienestar Social (Memorias de las Cajas de Jubilaciones).

Recursos derivados recaudados por la Dirección Genera Impositiva

Los recursos recaudados por la Dirección General Impositiva representan la parte más importante de la recaudación total de los recursos derivados (cerca del 50 %). Los mismos tienen, además, la ventaja de estar concentrados en un único organismo recaudador y estar respaldados por un importante y eficiente sistema estadístico que asegura su compilación y difusión con celeridad.

Los recursos se desagregan en base a distintos tipos de clasificación.

En primer lugar, se desagregan por impuestos. En virtud de la existencia de cuatro o cinco impuestos que representan un alto porcentaje de la recaudación se suele agregar el resto a fin de rendir los cuadros más analíticos. Para 1977, por ejemplo, la recaudación por impuestos resultó como sigue:

Existen otros datos publicados y estudios en profundidad sobre la desagregación de la recaudación de D.G.I. por impuesto.25 La recaudación también se desagrega por “jurisdicciones administrativas»(Capital Federal, Gran Buenos Aires y el interior dividido en tres zonas de recaudación) y “jurisdicciones políticas” (Capital Federal, Gran Buenos Aires y provincias). Una información de este tipo es de gran importancia para los estudios de economía regional.

En tercer lugar, la recaudación de la D.G.I. se clasifica según un criterio más analítico económico que corresponde a una convención internacional: la Clasificación Latino Americana Común de Ingresos Tributarios y Para Tributarios. (C.L.A.C.I.T.). La misma adiciona los impuestos simples en cuatro categorías. 

La estructura impositiva según esta clasificación, para los últimos dos años, se indica a continuación:

Esta clasificación es muy importante desde el punto de vista instrumental, por dos razones: a) Porque permite analizar la evolución de los impuestos por categorías que tienen un comportamiento económico homogéneo. b) Porque permite realizar comparaciones de los sistemas impositivos existentes en diferentes países.

Se realiza también una desagregación por “tipo de responsable y/o concepto», para el caso específico de los impuestos a las ganancias y a capitales y patrimonios. En el caso del impuesto a las ganancias la recauda excepto sobre sueldos (cuentas Nos. 1623 y 1631); c) Contribuyentes individuales y sucesiones indivisas (cuenta N° 1621);d)Retenciones sobre sueldos, jornales y jubilaciones (cuentas Nos. 1624 y 1632).En el caso de los impuestos sobre capitales y patrimonios, la recaudación se desagrega en tres grupos: a) Sociedades y explotaciones unipersonales(cuenta N° 1626); b) Sociedades y explotaciones unipersonales de Subzona Central (Cuenta N° 1634); c)Personas físicas y sucesiones indivisas (cuenta N° 1625).

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Economía

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