Finalización de la Conferencia del Mar. Aprobación del Tratado

Posteriormente, un alto oficial de nuestra Marina de Guerra aclaró en ese carácter que «las posiciones de la Argentina y de los Estados Unidos en torno al controvertido tema de la soberanía marítima son idénticas”, señalando que la noticia había sido mal manejada por la prensa, “ya que nuestro país no propugna 200 millas de mar territorial que prohíbe la navegación a buques de otras banderas, sino sólo doce; las 200 millas son las que se refieren a la explotación; pero con libre navegación”. Respecto de este importante asunto, las posiciones no fueron tan rígidas, si se tiene presente que los países en desarrollo costero estarían dispuestos a llegar a un acuerdo con los restantes países, para permitirles pescar la parte de la captura marítima que ellos no puedan recoger, bajo determinadas condiciones o mediante convenios de explotación conjuntos. Otros estados, en las mismas condiciones, estarían dispuestos a otorgar permisos de pesca en sus zonas económicas, a cambio de condiciones favorables para la transferencia de nuevas tecnologías de pesca de parte de los países industrializados. Estados Unidos dice que no a esta proposición.

Durante el curso de la Reunión de Ginebra, Estados Unidos ante las fuertes presiones de Latinoamérica y otros países tanto de África como de Asia, anunció su intención de apoyar la idea de la zona económica de 200 millas, con lo cual abandonaba, asimismo, su tradicional y polémica posición alrededor de las 3 millas para el mar territorial, sumándose a la tesis de más de 100 naciones sobre el establecimiento de una límite de 12 millas para el ejercicio de la soberanía total y absoluta de la nación ribereña y 188 millas adicionales sometidas a control sobre las inmensas riquezas en recursos vivos e inorgánicos, por parte de los estados ribereños; pero sin prohibir la libre navegación. En marzo de 1981 tuvo lugar en Nueva York el décimo período de sesiones de la Conferencia sobre el Derecho del Mar; es decir, la continuación del noveno período desarrollado en Ginebra en 1980. Cuando todo hacía suponer que, por fin, se lograría en esta oportunidad la meta tan largamente ambicionada desde el comienzo de la Conferencia de 1973, un nuevo fracaso desalentó esas esperanzas. Con un no muy decidido apoyo de Alemania Federal, Francia y Japón y un aluvión de airadas críticas de todos los países en desarrollo y de otros países desarrollados, como Australia, Canadá y Noruega, y los del Grupo Socialista, la reunión de Nueva York terminó con una nueva postergación, con miras a lograr la unanimidad en la aprobación del Código.

Después de 14 años de lanzada la iniciativa (1968) y de diez períodos de sesiones (desde 1973), en 1982 se reanudó el décimo período, en Nueva York, y el 30 de abril de ese año finalizó la Conferencia con 

La aprobación del «Tratado sobre la Ley del Mar” con el voto favorable de una amplia mayoría de los países participantes. El único país del bloque occidental industrializado que votó en contra fue Estados Unidos. Fuera de ese grupo también se opusieron Venezuela, Turquía e Israel. Se abstuvieron la Unión Soviética y los demás países comunistas y unas pocas naciones occidentales industrializadas.

El número de votos favorables fue de 130 países, entre los que se cuentan la mayoría de los occidentales incluyendo Francia y Japón y todos los países del Tercer Mundo. En resumen: 4 votos en contra;17 abstenciones y 130 a favor.

El Tratado abarca una variada gama de asuntos, que incluyen:

a) Los derechos de soberanía sobre una zona de 12 millas marinas desde la costa;

b) Una zona de 200 millas denominada «zona de explotación económica» controlada por los estados costaneros;

c) El derecho de tránsito libre por los estrechos internacionales dentro de la zona de soberanía nacional de 12 millas; y

d) Disposiciones sobre explotación en los recursos marinos.

EI punto que impidió el éxito universal de la larga conferencia tendiente a lograr un cuerpo único de doctrina sobre el derecho del mar, fue la discrepancia sobre la explotación de los recursos minerales del fondo de los océanos.

Estiman los expertos que se trata de una realidad abierta. para la alta tecnología, que solamente podrá concretarse dentro de uno o dos decenios; es decir hacia fines de siglo.

La realidad es que Estados Unidos y otros países desarrollados que votaron en contra o se abstuvieron tienen un monopolio casi exclusivo de capital y tecnología necesarios para extraer los yacimientos del mar profundo, producen alrededor del 70 por ciento del Producto Bruto mundial y contribuyen con más del 60 por ciento a los fondos del presupuesto de las Naciones Unidas. De ahí el endurecimiento de su posición en la Conferencia acerca de la negativa a apoyar la creación de una autoridad internacional reguladora, así como a la generosa transferencia de tecnología a favor de los países en desarrollo. Ello, no obstante, existen algunas esperanzas en el sentido de que, en la reunión prevista para la firma del Tratado a celebrarse en Caracas, se dé la oportunidad de flexibilizar las posiciones y se logre una solución más realista que satisfaga a todas las partes. Por el momento, el futuro del tan esperado documento es incierto. Por el momento, varias compañías están realizando tareas exploratorias en los fondos oceánicos con miras a encarar la explotación oportunamente; es decir dentro de 10 a 20 años. La sede del Secretariado que administre las disposiciones del Tratado se establecería en Kingston, Jamaica.

Comments are closed