De los acuerdos de pago a La U.E.P.

No fueron sólo los intercambios entre la zona del dólar y el resto del mundo los que crearon graves problemas al terminar la guerra; los intercambios intra europeos se hallaban encorsetados en el marco rígido de los acuerdos bilaterales. Pero fueron flexibilizados y orientados rápidamente hacia un sistema multilateral que desembocó, el 1950, en la Unión Europea de Pagos.

Acuerdos bilaterales y multilaterales

Los acuerdos bilaterales de pagos firmados en Europa a partir de 1944 son la continuación, hasta cierto punto, de la técnica de los acuerdos de clearing de los años treinta. En toda Europa se firmaron alrededor de unos 200 acuerdos de pago que representaban, a finales de 1946, 375 millones de dólares en créditos abiertos. El principal inconveniente de un sistema de este tipo radica en que los países deben tener un comercio equilibrado dos a dos. Al ser las divisas no convertibles entre sí, el excedente adquirido sobre un país no puede emplearse para cubrir un déficit frente a un tercero.

Se había esperado volver de golpe al multilateralismo con la convertibilidad de la libra en julio de 1947. Tras su fracaso, se emprendió una experiencia de compensación monetaria multilateral por un acuerdo de 18 de noviembre de 1947. Este acuerdo fue el resultado de los trabajos del Comité de los Acuerdos de Pago, que se constituyó en la reunión de París, en julio de 1947, del Comité de Cooperación Económica Europea, encargado de establecer el balance de los recursos y de las necesidades de Europa con vistas a la preparación de la Ayuda Marshall. Para llevar a cabo una cooperación monetaria más estrecha los firmantes deciden proceder “de la manera más amplia posible… a operaciones de compensación multilateral entre los saldos que resulten del funcionamiento de los acuerdos ya concluidos o que se concluyan en el futuro entre ellos». Se prevén dos tipos de compensación: 

1) Las compensaciones de “primera categoría» cuyo efecto no puede ser otro que el de disminuir los saldos existentes;

2) Las compensaciones de “segunda categoría» que conducen al aumento de un saldo o a la aparición de un saldo nuevo. Las compensaciones del primer tipo son automáticas, las del segundo tipo requieren el consentimiento “expresamente formulado» de los países interesados. Este primer acuerdo multilateral no permitirá mejorar sensiblemente los pagos y los intercambios. Los países del O.E. C. E. firman un acuerdo de compensación el 16 de octubre de 1948. Este nuevo acuerdo está vinculado directamente a la distribución de la Ayuda Marshall entre los países de Europa occidental. No solamente cada país recibe una ayuda directa para financiar su propio déficit en dólares, sino también una ayuda indirecta para hacer frente a su déficit ante los demás miembros de la O.E.C.E.

Este acuerdo del 16 de octubre se apoya, de hecho, en dos técnicas bastante simples: un sistema de compensación y unos “derechos de uso de los fondos». Se ha conservado pues en primer lugar el mecanismo del acuerdo de 1947. En segundo lugar, se establecen unos «derechos de uso de los fondos» en virtud de la “ayuda indirecta» proporcionada por los Estados Unidos. Los países de la O.E.C. E. acreedores de los restantes miembros les concedieron gratuitamente unos “derechos de uso de los fondos», es decir, unos verdaderos donativos. La totalidad de estos “derechos de uso de los fondos», efectivamente utilizados por los deudores, es devuelto íntegramente por los Estados Unidos al país europeo acreedor que los ha concedido: es lo que se denomina la “ayuda condicional”.

La dificultad consistía en prever los países acreedores y los países deudores y sobre todo la importancia de los desequilibrios. Se cometieron numerosos errores de previsión: Así, por ejemplo, Gran Bretaña que había concedido importantes derechos de uso de los fondos resultó ser deficitaria mientras que Francia que había recibido resultó ser excedentaria. Por esta razón, en un nuevo acuerdo de 7 de septiembre de 1949, se concedió a los derechos de uso de los fondos el carácter de automáticamente transferibles entre los países de la O.E. C. E. hasta un 25% de su importe. Es difícil poder juzgar los resultados obtenidos por este último acuerdo, ya que, desde su aplicación, existen dos nuevos acontecimientos que pesan sobre la evolución del comercio europeo: la liberalización parcial de los intercambios (50%) y las devaluaciones de septiembre de 1949. Estas devaluaciones aumentan el valor de los derechos de uso de los fondos hasta el momento en que se hacen disponibles en moneda nacional del país acreedor europeo. La contrapartida en moneda nacional resultaba, pues, aumentada en el porcentaje de devaluación con respecto al dólar. Con ello los errores de previsión de los excedentes y déficits resultaban también ampliados. De los 970 millones de dólares de recursos máximos aprobados para 1949-1950, solamente 518 millones, o sea el 53%, fueron efectivamente utilizados. Francia utilizó solamente el 16% de los derechos que le habían sido otorgados. Su situación mejoró de manera tal que no tuvo necesidad de recurrir a los derechos de uso de los fondos establecidos a su favor por Bélgica y Gran Bretaña.

A pesar de sus imperfecciones y sus límites, el sistema de los derechos de uso de los fondos permitió aumentar los intercambios entre los países de Europa por encima de lo que hubiera podido ser su volumen si únicamente hubiesen existido acuerdos bilaterales. En 1946, el volumen del comercio intraeuropeo era inferior en un 60% al nivel de antes de la guerra; a principios de 1948 apenas había alcanzado el 70% de este nivel mientras que a finales de 1949 supera el volumen de intercambios de 1938-1939. La balanza de pagos de los países de la O. E. C. E. mejoró de manera sensible entre 1947 y 1950. El déficit pasó de 6.900 millones de dólares en 1947 a 3.600 millones en 1948, a 1.400 millones en 1949 y a 500 millones en 1950. La situación era pues favorable para superar una nueva etapa en la vuelta al multilateralismo. El medio iba a ser la Unión Europea de Pagos.

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